Normas urbanísticas y datos de interés:
Uso permitido: Posibilidad de edificio de viviendas con una superficie máxima edificada de 400 metros cuadrados aproximados
Altura: dos plantas y bajo-cubierta. Desde rasante de la línea de edificación hasta el plano inferior de la cornisa del alero será de 6.50 metros.
Cubierta: Las cubiertas serán siempre inclinadas vertiendo aguas a la o las fachadas principales.
Las cubiertas serán de teja cerámica o de hormigón en color rojo, debiendo ser del mismo material todos los elementos complementarios y de remate, tales con las tejas para la formación de cumbrera, limas, etc.
La pendiente de la cubierta tendrá una inclinación máxima del 46%.
Los paños de cubierta serán planos y, por encimo de ellos, sólo se autorizarán, aquellos cuerpos necesarios para acoger chimeneas y conductos de ventilación
No se permite la cubierta plana, ni la terraza de cubierta o de bajo-cubierta.
Solar de 240 m2 aprox
184.400 €
Solar para construir edificio de viviendas en pleno centro del pueblo. Actualmente existen dos edificaciones (una de 40 metros cuadrados aprox. y otra de 75 m2 aprox.) para demoler.
Solo aportación (pago con viviendas construidas en el solar)
©Mónica González López. Todos los derechos reservados.
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